La justicia condenó al GCBA por el fallecimiento de un bebé en situación de calle durante la gestión de Macri

El Disenso

En un fallo que sienta jurisprudencia y reconoce los derechos de las personas sin techo, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá indemnizar a una familia cuyo bebé falleció en 2010, mientras atravesaban una situación de extrema vulnerabilidad.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario determinó que el Gobierno de la Ciudad deberá indemnizar con $100.000 pesos en concepto de daños y perjuicios a una familia que se encontraba en situación de calle, cuyo bebé de 25 días falleció en julio de 2010 a raíz de una neumopatía.

En el expediente se comprobó que la mamá cursaba su quinto mes de embarazo cuando la ciudad dejó de pagarle el subsidio habitacional que les permitía pernoctar en pensiones, obligándolos a recurrir a la calle. La familia, compuesta por padre, madre y 5 hermanos, se instaló entonces en la esquina de Pichincha y Cochabamba, en el barrio de San Cristóbal antes del nacimiento del bebé.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires “estaba al tanto de la situación crítica que atravesaba la familia incluso antes del nacimiento, y pese a ello no brindó una solución adecuada“.

Luis nació en el Hospital Ramos Mejía, en pleno invierno, mientras su familia continuaba en situación de calle. A la semana el bebé presentó silbidos respiratorios, y fue atendido en el hospital pediátrico Garrahan, donde falleció a los pocos días. La familia demandó al Gobierno de la Ciudad.

El fallo firmado por la Jueza Mariana Diaz y el Juez Carlos Balbín remarca que “El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estaba advertido de la peligrosidad que significaba para la madre y el recién nacido la situación de calle (…) y no obstante omitió adoptar medidas con el alcance legalmente exigible según la vulnerabilidad comprometida“.

El GCBA basó su defensa en la negación del nexo causal entre la muerte de Luis y su situación de calle, alegando que la familia se habría negado a ingresar a un parador, pero para la jueza Díaz el Gobierno de la Ciudad, en ese momento conducido por Mauricio Macri, reconoció las necesidades del grupo familiar al darles prioridad en un subsidio habitacional, que luego les quitó sin que se hubiese modificado la situación de vulnerabilidad del grupo familiar.

Este es el primer caso en el que la justicia argentina condena al Estado por haber desatendido a una persona en situación de calle, sentando un importante precedente respecto a los derechos de los sin techo.

La Ministra de Desarrollo Social a cargo de la prestación habitacional incumplida era María Eugenia Vidal, la Presidenta del Consejo de Derechos de Niños (organismo de protección) era Beatriz Victoria Orlowski de Amadeo, y el Jefe de Gobierno Mauricio Macri.

En diciembre de 2010 se promulgó la Ley 3706 de Protección y Garantía Integral de los derechos de las personas en situación de calle. Como Jefe de Gobierno, Mauricio Macri vetó parte de la 3706 que nunca puso en vigencia, incluyendo el artículo 8, que le asegura a bebés como Luis un alojamiento en lugar de abandonarlo al desamparo.

Artículo 8º.- La articulación de los servicios y de sus funciones tanto en la centralización, coordinación y derivación así como en la red socio-asistencial de alojamiento nocturno y de la asistencia económica, tienen como objetivo la superación de la situación definida en el Art. 2º de la presente Ley“.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a julio de 2017 la existencia de 1.066 personas en situación de calle. ¿Que camino elegirá Larreta, implementar políticas sociales o que el Jefe de Gobierno de la próxima década pague indemnizaciones?

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1 comentario

  1. ¿Que son 100.000$? ¡es una burla! Tendría que ser 1.000.000 de u$d y carcel a los culpables, más allá de que nada repare el daño ya hecho.

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