El poder judicial dio lugar a la presentación realizada por el CELS y por voto mayoritario decretó la inconstitucionalidad del DNU de Macri que reformaba la Ley de Migraciones.
La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la “invalidez constitucional del decreto 70/2017”, por el cual el Poder Ejecutivo Nacional modificó la ley de Migraciones en enero de 2017. Los jueces consideraron que el decreto de necesidad y urgencia con el que el gobierno nacional modificó la ley de migraciones es inconstitucional porque no cumple los requisitos de ese tipo de decretos y porque las modificaciones son contrarias a los derechos de las y los migrantes.
El voto mayoritario consideró que la inconstitucionalidad de la norma se deriva tanto de que el PEN utilizó sin justificación la herramienta del decreto de necesidad y urgencia como de que las medidas adoptadas son contrarias a los derechos humanos de las y los migrantes.
Sobre la reforma de la ley de Migraciones utilizando un decreto de necesidad y urgencia, el voto mayoritario consideró que no estaban dados los requisitos que exige la Constitución Nacional para justificar que el PEN asuma las facultades del Congreso. Respecto al argumento del gobierno de que una supuesta “emergencia en seguridad” justificaba la reforma, los jueces sostienen que “el decreto no expone razones válidas -dadas las deficiencias que presenta en el análisis de las estadísticas- para sostener la necesidad inmediata de modificar la ley eludiendo la participación del Congreso mediante el procedimiento legislativo ordinario”.
Al mismo tiempo, los jueces consideran que las reformas que el DNU introdujo en la ley de Migraciones vulneran la garantía del debido proceso y el derecho de defensa de las personas migrantes. La sentencia se refiere específicamente a los tiempos acotados del trámite de expulsión express, a las retenciones preventivas de personas migrantes y al riesgo de que se conviertan en una detención arbitraria y a la afectación del derecho a la unidad familiar.
Marco histórico
La ley de Migraciones fue sancionada en 2004, luego de una lucha de años para que la Argentina tuviera un marco regulatorio democrático, y hoy en día es un ejemplo en el mundo. El gobierno intentó modificarla en un sentido regresivo en materia de derechos humanos y de manera unilateral e inconsulta. Esta decisión judicial lo impide y reafirma que las propuestas de modificación del marco regulatorio deben ser tratadas en el Congreso y que las políticas migratorias deben estar orientadas hacia la protección de los derechos de las y los migrantes.
La causa iniciada por el CELS
La causa judicial se originó en febrero de 2017 por una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Argentina para Refugiados e Migrantes y el Colectivo por la Diversidad y posteriormente se presentaron como terceros: María Lourdes Rivadeneyra Palacios, Koral Trinidad Chota Flores, Bella Karola Macedo Flores, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, la Asociación Civil Instituto Argentino para la Igualdad, Diversidad e Integración, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, la Asociación Civil Derechos Humanos, Mujeres Unidas Migrantes y Refugiadas en Argentina y la Asociación Civil Mesa por la Igualdad.
Si Cambiemos decide apelar la decisión de la cámara, el caso se elevará a la Corte Suprema.