El juez Luis Arias ordenó hoy la suspensión del aumento de luz decretado esta semana por el gobierno de María Eugenia Vidal en el que se anunció un incremento del 58,1% que resultó ser del 113% al 131%.
El Juez Luis Federico Arias, titular del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata hizo lugar al pedido del Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, y determinó la suspensión del nuevo cuadro tarifario energético vigente en la provincia de Buenos Aires. En su fallo, Arias dejó sin efecto la resolución 419/17 del MIySP que oficializaba el último incremento en los valores de la energía eléctrica señalando que las empresas Edelap, Eden, Edes y Edea no deben afectar la prestación de beneficios de tarifa social, servicio a electrodependientes y entidades de bien público.
El aumento del 58,1% anunciado por la gobernadora Vidal se componía del incremento del 39,2% autorizado por el gobierno nacional a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa), al que se le sumó un aumento del 18,9% que la administración de Vidal autorizó a las cuatro empresas distribuidoras (EDELAP, EDEN, EDEA y EDES) y también a las cooperativas eléctricas del interior bonaerense.
Deuco, la organización de Defensa de Usuarios y Consumidores encabezada por Pedro Bussetti, analizó la información que se desprende del cuadro tarifario oficial publicado y denunció que los aumentos reales no son los informados sino que se trata de más del doble de lo anunciado por la gobernadora. De acuerdo a los números elaborados por Deudo, donde el cargo fijo aumenta entre el 80% y el 120% sumado al cargo variable que aumenta entre el 122% y el 141%, este aumento se reflejará en las boletas de Edelap de la siguiente manera:
Consumo Mensual | Incremento Tarifario | Precio Final |
150 Kw/h | 115% | de $95,9 a $206,11 |
301 Kw/h | 127% | de $176 a $400 |
401 Kw/h | 127% | de $265 a $603 |
501 Kw/h | 119% | de $434 a $953 |
Desde Deuco solicitaron la “suspensión del aumento del servicio eléctrico en la región” alegando que muchos usuarios no podrán afrontar estos aumentos que atentan contra el criterio de “razonabilidad y progresividad” establecido por la Corte Suprema de Justicia en el año 2016 para el caso del aumento de la tarifa del gas.
Desde la Defensoría del Pueblo, Lorenzino celebró el fallo que dejó sin efecto este aumento y benefició los intereses de los consumidores quienes “están hace tiempo afectados por subas en todos los servicios“.
Es importante señalar que la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, aún contra el texto expreso de la ley, suele anular o suspender absolutamente toda decisión que incomode a la gestión de la Gobernadora Vidal, como ya lo demostró fallando respecto a tarifas, docentes, paritarias, etc., por lo que la medida precautelar dictada por el Juez Arias puede caer al llegar a la Cámara.