Remedios solo para ricos: El INPI puentea al Congreso y da vía libre a patentes farmacológicas norteamericanas

El Disenso

En esta nueva investigación de El Disenso, te mostramos como a través de un acuerdo bilateral que no requiere aprobación del Congreso, el INPI hace inaplicable nuestra Ley de Patentes frente a las patentes de las corporaciones norteamericanas, lo que disparará al cielo el precio de los medicamentos. El director del INPI que firmó este acuerdo es Damaso Pardo, quien antes de ser funcionario defendía firmas extranjeras en temas de propiedad intelectual desde el estudio PAGBAM junto a José Alfredo Martinez de Hoz (h) y Jorge Perez Alati, quienes están entre los principales aportantes de la Fundación SUMA y de la campaña presidencial de Mauricio Macri.

El problema de las patentes farmacológicas en Argentina

En 1500 fueron espejitos por oro. En 1876 fue la “ley de Aduana” que significó una victoria librecambista consolidando definitivamente el modelo agroexportador. Hoy se da la misma discusión, pero ya no se trata espejitos ni productos industrializados, sino de patentes recauchutadas de productos farmacéuticos. En este informe de El Disenso, te contamos como el gobierno se saca de encima la Ley de Patentes de Invenciones y abre nuestro país a todas las patentes norteamericanas como gesto de confianza para ganar la simpatía de un Donald Trump que todavía nos tiene en jaque con el tema de los limones.

Las patentes se sacan sobre cualquier invento o diseño novedoso dentro del estado de la técnica, y aplicable industrialmente, y premian y fomentan la inventiva otorgándole al creador derechos sobre su idea. En la industria farmacéutica esto tiene un correlato menos idílico, los grandes laboratorios multinacionales se hacen con las patentes de los inventores, las acaparan, y se valen de ellas para imponer precios abusivos a los consumidores de medicamentos. En Argentina las patentes son otorgadas por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI) a través de la Administración Nacional de Patentes.

La Ley de Patentes Argentina data de 1996, y regula los requerimientos que debe observar el INPI, para otorgar derechos de invención. A poco de promulgada, USPTO, el ente que regula las patentes en Estados Unidos, puso a nuestro país en la “Special 301 Priority Watch List” una lista negra de países que no ofrecen “cooperación suficiente” en el tema de las patentes. Para promover la cooperación, la diplomacia norteamericana se vale de denuncias por violaciones de patentes que el Departamento de Comercio de EEUU presenta ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), o remociones de preferencias arancelarios y rupturas de acuerdos comerciales, como pasó hace unos días con el tema de los limones. Según cables de Wikileaks, desde que nuestro país entró en aquella lista negra de vigilancia y control, cada embajador estadounidense en Buenos Aires elevó un informe anual al departamento de estado sobre la situación de la propiedad intelectual en Argentina, siendo las principales problemáticas los derechos sobre software y medicamentos.

El sector donde más pesa la problemática de las patentes es la industria farmacéutica, y a poco de promulgarse la ley de patentes de invención, la farmacéutica francesa SCRAS trabó un litigio contra el INPI porque la autoridad de contralor le había rechazado una patente porque, dentro de nuestro marco legal, no la consideraba novedosa. Esta controversia se resolvió en 2012 en la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a favor del INPI. Pero el conflicto más importante se planteó en la controversia del antirretroviral “didanosina”, medicamente para el HIV que producía localmente Richmond. Bristol-Myers Squibb (BMS) le puso una cautelar a Richmond, que producía la Didanosina para el programa de VIH-SIDA del Gobierno Argentino. La cautelar fue apelada por el Ministerio de Salud, porque los derechos corporativos atentaban contra la salud pública. Sobre estos temas, Ginés González, ex ministro de salud sostuvo que las patentes medicinales “generan monopolios y ponen en riesgo el acceso a los medicamentos”. En 2013 BMS volvió a la carga, esta vez el producto era un triple antirretroviral llamado ATRIPLA.

Alex Freyre, presidente de la Fundación GEP, sostuvo en aquel momento: “Las patentes farmacéuticas retrasan la entrada de medicamentos genéricos al mercado, impiden la competencia de precios y ponen grandes desafíos para el acceso a la salud de la población”.

La estrategia de hacer pequeñas modificaciones y mezclas de componentes para repatentar cosas que ya existen es conocida como “Evergreening” y consiste en hacer pequeñas mezclas y remezclas o cambios accesorios de composición para hacer pasar por novedosas cosas que no lo son. La práctica de reverdecer las viejas patentes alcanzó límites obscenos, por lo que en 2012 se establecieran reforzadas “Pautas para el examen de patentabilidad”.

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Un informe presentado ese año en el Congreso por los diputados Ciciliani, Duclos y Barletta para clausurar la extensión artifical de las patentes, determinaba que solo 5 de las 186 patentes otorgadas el año anterior correspondían a productos novedosos y el 94,6% de los mismos pertenecía a propietarios extranjeros como consta en los fundamentos del proyecto. Conservando el monopolio de las patentes, la corporación farmacéutica se garantiza de establecer unilateralmente los precios que los enfermos pagan por sus medicamentos. Con aparente paradoja los tratados que fomentan el marco normativo que necesitan estos monopolios se llaman “de libre comercio”, es que en el mundo de hoy ya no se comercian los bienes, sino también los derechos intelectuales para producirlos.

Con altibajos, la ley de patentes ha resistido por 20 años los intereses corporativos que se repiten también a nivel internacional donde las cuestiones de fondo se discuten en el OMPI, foro de la ONU ocupada de la problemática de la propiedad intelectual, donde entidades como ALIFAR, que nuclea a las industrias famacéuticas latinoamericanas, han planteado su oposición a las rígidas imposiciones de derechos de propiedad que EEUU pretende imponer a través de la OMC. La importancia de la cuestión patentes ha sido también eje central de los fallidos ALCA y el TTP.

Otro lobo cuidando el gallinero

Pero todo cambió cuando Macri designó al frente del INPI al Dr. Dámaso Pardo, se trata de un abogado proveniente del estudio jurídico PAGBAM, generoso donante de la fantasmagórica fundación SUMA que aportó también $934.000 a la campaña del PRO. En el estudio sus asociados eran José Alfredo Martinez de Hoz (h) y Jorge Perez Alati, que a título propio le puso $1.730.000 a la candidatura de Mauricio. En el estudio, Pardo era el experto en cuestiones de propiedad intelectual, prestaba asesoramiento en ese campo y era litigante contra el Estado Nacional en cuestiones de marcas y patentes. Su nombramiento es, como tantos otros, muy cuestionable a la luz de legislación sobre ética pública, pero la Oficina Anticorrupción no ha iniciado hasta hoy ninguna actuación para analizar si pueden existir conflictos de intereses en el nombramiento de este funcionario que, como suele decirse, atiende de los dos lados del mostrador.

El 12 de septiembre de 2016 el cuestionado director del INPI emitió una “resolución de examen de patentes” 56/16 que aceleraba el proceso de concesión de patentes, saltando por vía administrativa los obstáculos legales que en otras épocas habían encontrado corporaciones como las arriba mencionadas STRAS y BMS y poniendo en alerta a los pacientes que utilizan medicamentos de alto costo para enfermedades como el HIV o la hepatitis C. Dice textualmente el primer artículo de la resolución:

“Administración Nacional de Patentes a dar por cumplidos los requisitos exigidos por el art. 4 de la Ley 24.481 (t.o. en 1996) y por cumplida la búsqueda internacional respecto de las solicitudes de patentes de invención iniciadas bajo la vigencia de la Ley 24.481 (t.o. en 1996), cuando se acredite que la prioridad invocada en los términos del art. 4.A.1 del Convenio de París ha sido concedida en el extranjero por la oficina de origen o por otras oficinas, siempre que las legislaciones que rijan dichas oficinas realicen examen de fondo y estén sujetas a los mismos estándares de aplicación de los requisitos de patentabilidad aplicados por la República Argentina”.

En respuesta a la resolución 56, la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos argentinos (CILSA), que forma parte de ALIFAR y fue premiada por Médicos Sin Fronteras por su propuesta de establecer un sistema de licencias automáticas para patentes de medicamentos en países en desarrollo, presentó una solicitud de aclaratoria. Según CILFA, la resolución administrativa impedía la aplicación de la Ley de Patentes de Invención anulando la realización de exámenes de fondo a las solicitudes de patentes extranjeras. Como consecuencia Pardo reculó y, mediante la resolución 125/16 aclaró que la resolución anterior no exime a la Administración Nacional de Patentes de realizar el examen de fondo sobre los requerimientos de patentes.

Una autopista para introducir patentes farmacológicas

A pesar del traspié, Pardo volvió a la carga y el pasado 13 de febrero de 2017 firmó, junto a Michelle K. Lee, directora de USPTO, un acuerdo bilateral titulado “Patent Prosecution Highway (PPH) Pilot Program”.

Se trata de un programa piloto que podría entenderse como una autopista para conseguir patentes.

El PPH que somete las relaciones de ambos países a las reglas del “Global/IP5 PPH”, entrará en vigencia el 3 de marzo por un plazo de tres años, pero generará derechos adquiridos para todas las patentes otorgadas durante ese lapso. El acuerdo, por su naturaleza “piloto”, no requiere aprobación del Congreso. Sin embargo, su implementación significa una derogación de hecho de la ley de patentes de invención, o por lo menos de los criterios de aplicación, ya que nos somete a los estándares que Estados Unidos ha propuesto con tanta vehemencia desde los tiempos del ALCA. Es que, según la letra del acuerdo, y con el notable fin de evitar duplicar el trabajo realizando dos exámenes sobre las características inventivas de la misma patente, cada oficina dará trámite abreviado a los proyectos aprobados por la otra.

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A través de este simpático gráfico, la pagina de USPTO explica como las patentes norteamericanas no serán controladas por las oficinas de patentes locales.

La resolución 125/16 expresaba el compromiso del Director del INPI en el respeto por la ley de patentes, y aseguraba, a requerimiento de la CILSA, que se seguirían realizando exámenes a fondo sobre los requerimientos de patentes, como venía sucediendo desde 2012. Como suele pasar con funcionarios tan acostumbrados a atender del otro lado del mostrador, y a los doble discursos, Pardo defiende la ley con una firma y la viola con la siguiente.

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